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Preguntas frecuentes.

Algunas de las preguntas más demandadas y sus respectivas respuestas.

¿Tienes alguna pregunta adicional que no se encuentra en el listado? ¡No te preocupes! Pregúntanos sin compromiso y nuestro equipo especializado la resolverá.

Gestoría ETM En León
¿Qué me interesa más ser autónomo o sociedad?

Autónomo:

No se requiere un proceso previo de constitución.

Se trata del modo más económico y rápido para dar de alta un nuevo negocio.

El autónomo tendrá el control total de su empresa, así como la responsabilidad de su gestión.

Puedes beneficiarte de la tarifa plana de Autónomos. Con lo que solo te costará 50 euros al mes estar dado de alta en este régimen.

Hay que tener en cuenta que siendo autónomo no existe diferencia entre el patrimonio empresarial y el personal, por lo que en caso de deudas, se responderá con tus bienes para el pago a terceros. De hecho, si el autónomo está casado en régimen de gananciales, incluso puede verse afectado el patrimonio del cónyuge.

Como autónomo, no se podrá contratar a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad. Estos parientes también deberán darse de alta como autónomos para trabajar en tu empresa.

Si los beneficios del negocio son muy altos, el autónomo puede llegar a pagar a Hacienda hasta el 45% de sus ingresos.

Sociedad Limitada:

Es la fórmula jurídica necesaria si dos o más personas quieren asociarse para montar un negocio en común. No obstante, también existe la posibilidad de montar una SL unipersonal en la que todo el capital social lo tenga un único socio.

Si para montar tu proyecto de empresa es necesario múltiples inversiones, la SL puede ser una idea acertada, ya que en muchos casos para recibir préstamos o subvenciones por parte de entidades bancarias y administraciones públicas se nos va exigir esta modalidad. Del mismo modo, nos pasará con la mayoría de los concursos de licitación.

A diferencia de los autónomos, si la empresa genera importantes beneficios, siendo una SL sólo se pagará a Hacienda el 25% de los ingresos.

Con la constitución de una sociedad se protege el patrimonio personal ante posibles situaciones de insolvencia.

¿Qué impuestos tengo que pagar en mi negocio?

Los impuestos que normalmente pagan las pymes trimestralmente son los impuestos de IVA (impuesto sobre el Valor Añadido), retenciones de IRPF (Impuesto sobre la Renta y las Personas Físicas) que paguen a los profesionales y trabajadores que contraten, así como por las retenciones que paguen por el alquiler de sus oficinas.

En caso de que obtengan beneficios, también se deberán pagar tres pagos fraccionados a cuenta del Impuesto de Sociedades a obtener en el ejercicio siguiente.

¿Cuánto son los honorarios de un asesor fiscal/laboral?

En ESTUDIO TECNICO MERCANTIL DE LEON, S.L. ofrecemos tarifas adaptadas a las necesidades de nuestros clientes, por lo que en función de si eres autónomo o pyme y del número de trabajadores de los que dispongas, te podremos ofrecer una tarifa de asesoría integral por mucho menos de lo que imaginas.

¿Cuánto me cuestan los seguros sociales de mis empleados?

Contar con un correcto asesoramiento en materia Laboral te permitirá ahorrar en costes de seguros sociales en función de tus necesidades, ya que para determinar el importe de cada contrato para el empresario, hay que tener en cuenta el tipo de contrato, el salario y las bonificaciones de las que te puedes beneficiar a la hora de hacer el contrato.

¿Quién está obligado a presentar la declaración de la renta?

Por norma general todas las personas que obtengan algún tipo de renta o pensión contributiva están obligadas a presentar la declaración de la renta. No obstante, según el volumen de ingresos y otros parámetros hay una serie de excepciones a esta regla.

En cualquier caso, y aunque dados tus ingresos no estés obligado a presentar la Declaración de la Renta, es conveniente que por lo menos realices el borrador para comprobar si puedes recuperar algo de las retenciones que te realizan a lo largo del año.

¿Qué datos deben aparecer en una factura?

Cualquier factura y sus copias han de contener, al menos los siguientes datos o requisitos:

Lugar y fecha de emisión.

Número y, en su caso, serie. La numeración ha de ser correlativa y podrán establecerse series diferentes, especialmente cuando haya varios centros de facturación.

Datos fiscales del emisor.

Descripción de la operación y contraprestación total. Si la operación está sujeta o no a IVA y de estarlo, la cuota repercutida.

¿Qué límites de exención hay actualmente en la aportación de garantías para ls aplazamientos de los impuestos? ¿Cuántos plazos puedo pedir?

La Orden HFP/311/2023 de 28 de marzo eleva, a partir del 15 de abril de 2023, el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento hasta los 50.000€.

El tiempo máximo será de 24 meses para personas físicas y 12 meses para las personas jurídicas.

En caso de aplazamiento de más de 50.000€ con garantía, el plazo de aplazamiento o fraccionamiento máximo con aval bancario será de 60 meses y con garantía inmobiliaria el máximo será de 36 meses.

¿Cuáles son los plazos para el cierre contable?

El ejercicio contable, como norma general, comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre.

Durante el ejercicio se realizará la contabilización de las operaciones realizadas.

A 31 de diciembre de cada año hay que elaborar el inventario de existencias.

El 31 de marzo del ejercicio siguiente se realiza la formulación de las cuentas anuales y el informe de gestión (en su caso).

El 30 de abril se realiza el cierre de las cuentas y se legalizan los libros mercantiles (diario, balance de sumas y saldos, cuenta de pérdidas y ganancias y balance de situación).

El 25 de julio es el último día para la presentación del Impuesto sobre sociedades.

El 30 de julio se presentan las cuentas anuales en el Registro Mercantil para su depósito junto con la certificación de la Junta General de aprobación de cuentas y aprobación de resultado, y, en su caso, el informe de gestión y el de los auditores.

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